Mutua Balear hace entrega a SERANCA de un BONUS económico por la disminución y prevención de la siniestralidad laboral de sus trabajadores.
Mutua Balear hace entrega del bonus a aquellas empresas Mutualistas a las que se les ha otorgado el incentivo por su especial contribución en la prevención de riesgos laborales
Rita Bolaños, Gerente de SERANCA, en el momento de la entrega del BONUS
En esta ocasión, más de 40 empresas se beneficiaron de los Bonus económicos que el Ministerio de Empleo aprueba según los requisitos del RD 404/2010. Estas cifras suponen un notable incremento de un 132% con respecto al ejercicio anterior en la cuantía total de las bonificaciones. Para Mutua Balear es un honor repartir estos Bonus entre algunas de sus empresas Mutualistas que han contribuido con la disminución y prevención de la siniestralidad laboral de los trabajadores de sus empresas. La entrega del bonus corrió a cargo de D. Elirerto Galván, Director del Instituto Canario de Seguridad Laboral (ICASEL), de D. Francisco Guindín, Director Territorial de la Inspección de Trabajo, de Clara Jorge, Delegada de Canarias de Mutua Balear y de Andreu Vecina, Subdirector General de Mutua Balear. Los actos han tenido lugar en la sede de la Cámara de Comercio de Las Palmas y en la Fundación Mapfre Guanarteme de La Laguna los días 3 y 4 de febrero respectivamente. INFORMACIÓN SOBRE EL INCENTIVO En abril del 2010 entra en vigor la norma que permite que las empresas, gestionadas por una Mutua, comprometidas con disminución de la siniestralidad y la prevención de riesgos laborales y que, por lo tanto, lleven a cabo iniciativas en este sentido que vayan más allá de las obligadas por la Ley de Prevención, puedan solicitar la reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales de sus empresas, lo que supone la devolución de una cantidad que oscila entre el 5 y el 10%. Para poder ser beneficiario se exigen los siguientes requisitos: • Haber realizado inversiones en materia de prevención de riesgos laborales que puedan contribuir a la eliminación o disminución de riesgos (inversiones que mejoren las exigidas por la Ley de Prevención de Riesgos). • Haber cotizado a la Seguridad Social con un volumen superior de cuotas superior a 5.000 euros. • Índices de siniestralidad favorables. • Estar al corriente en materia de cotización a la Seguridad Social. • No estar sancionada en materia de prevención de riesgos laborales o Seguridad Social. • Acreditar el cumplimiento por la empresa de los requisitos básicos en materia de prevención de riesgos laborales, conformado por los delegados de prevención. • Además del punto anterior, también se deberán acreditar al menos dos de las siguientes acciones: o Incorporación a la plantilla de recursos preventivos propios (trabajadores designados o servicio de prevención propio) o Realización de auditorías externas del sistema preventivo de la empresa. o Existencia de planes de movilidad vial en la empresa como medida para prevenir los accidentes de trabajo en misión y los accidentes in itínere. o Acreditación de la disminución del porcentaje de trabajadores de la empresa o centro de trabajo expuestos a riesgos de enfermedad profesional. o Certificado de calidad de la organización y funcionamiento del sistema de prevención de riesgos laborales de la empresa, expedido por entidad u organismo debidamente acreditado.