Información nutricional obligatoria en el etiquetado de los alimentos

En 2016, el etiquetado de los alimentos deberá ofrecer información nutricional clara y de manera eficiente para que el consumidor pueda escoger los productos más adecuados a sus necesidades

El etiquetado nutricional permite conocer cuáles son los nutrientes, y en qué cantidad, de un determinado producto. Tiene que ofrecer al consumidor información adecuada, por lo que debe ser claro y sencillo. Valor energético, grasas, grasas saturadas, hidratos de carbono, azúcares, proteínas y sal son los elementos que tendrán que declararse de forma obligatoria en España a partir de diciembre de 2016, según el Reglamento 1169/2011. Esta información debe aparecer en el mismo campo visual y deberá realizarse «por 100 g o por 100 ml», lo que permitirá la comparación entre productos. El artículo explica cómo mejorar la información nutricional y cuáles serán las menciones obligatorias según la nueva normativa.

586540_nuevo-etiquetado-nom51-norma-oficial-mexicana.jpg (800×545)

El consumidor actual, además de que quiere conocer cuáles son los ingredientes que contiene un determinado producto, se ha vuelto cada vez más exigente y busca un etiquetado más completo, sin olvidar la transparencia y la sencillez. Pero no es una tarea fácil.

«Solo uno de cada dos encuestados lee siempre el etiquetado de los productos. Un 94% cree que se usan términos excesivamente complejos y el 86% opina que deberían modificarse». Estas son las conclusiones de una encuesta realizada en 2013 por EROSKI Consumer, que demuestran que leer la etiqueta todavía no forma parte de los hábitos de los consumidores.

A similares resultados se llegó en un estudio llevado a cabo en 2012 en el marco del proyecto europeo FLABEL (Etiquetado de los Alimentos para el Avance de la Educación para la Vida Mejor), según el cual, el uso de las etiquetas nutricionales por parte del consumidor «es limitado».

Para motivar al consumidor a prestar más atención a este tipo de información, se han desarrollado distintos tipos de formatos y se ha demostrado, según el mismo informe, que el empleo de códigos de colores, como el que ofrecen los semáforos nutricionales, aumenta la atención. Además, los nuevos cambios propuestos en el Reglamento 1169/2011 pretenden también incrementar la información, a la vez que le simplifica al consumidor la comprensión.

Además de los nutrientes, la etiqueta deberá expresar la cantidad diaria recomendada de cada uno de ellos

Es importante que el etiquetado nutricional se convierta en la tarjeta de presentación de un alimento, para que el consumidor conozca las características nutritivas del producto y para que pueda decidir su compra. A partir del 13 de diciembre de 2016, y según el Reglamento 1169/2011, la información nutricional será obligatoria (hasta entonces, es voluntaria). Los cambios que ofrece la normativa se refieren, sobre todo, a los ingredientes y al diseño del etiquetado y se aplican a todos los productos alimenticios, incluidos los que producen empresas de catering, así como a los comercializados a distancia. Existen distintos formatos de presentar la información nutricional: tabla de composición nutricional, semáforo nutricional o cantidades diarias orientativas.

Tal y como explica la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN) en la campaña «El etiquetado cuenta mucho», el objetivo de los nuevos cambios es:

  • Reordenar las obligaciones del etiquetado.
  • Corregir posibles incoherencias de la normativa.
  • Introducir mejoras en la forma de suministrar los datos obligatorios.
  • Profundizar en las responsabilidades de las distintas figuras que intervienen en el suministro de un alimento.
  • Incrementar la información sobre el contenido de nutrientes.

etiqueta.jpg (300×225)

En diciembre de 2016, lo que ahora es voluntario (número de calorías o la cantidad de carbohidratos de carbono, azúcares, proteínas, sal o grasas saturadas), será obligatorio en todos los envases de alimentos. Esta declaración se expresará «por 100 gramos» o «por 100 mililitros» para que el consumidor pueda comparar entre los distintos productos. Este contenido obligatorio podrá completarse con la mención de otras sustancias como ácidos grasos monoinsaturados, polialcoholes, almidón, grasos poliinsaturados o fibra alimentaria.

Además de esta información, la etiqueta ofrecerá la cantidad diaria recomendada que debe tomarse de un nutriente determinado. De esta manera, se podrá calcular cuánto se está consumiendo y la cantidad que falta para llegar a la cifra aconsejada.

0000047108.jpg (611×273)

Para que esta información sea útil y desarrolle la labor informativa por la que está diseñada, deberá ser sencilla y de fácil comprensión. Una de las maneras de conseguirlo es ofrecerla en el mismo campo visual y, si es necesario, repetir los elementos más importantes en el campo visual principal para que el consumidor pueda ver con facilidad la información esencial.

La regulación permite indicar el valor energético y las cantidades de nutrientes utilizando símbolos, pictogramas o el sistema de semáforos, siempre que se cumplan, sean comprensibles y no creen obstáculos a la libre circulación de mercancías.

Por el momento, están exentas de la información nutricional las bebidas alcohólicas de más de 1,2% en volumen de alcohol y los alimentos no envasados. También lo están los productos sin transformar que incluyen un solo ingrediente; una planta aromática, una especia o mezclas de ellas; sal y sucedáneos de la sal; edulcorantes de mesa; infusiones de hierbas y frutas; té, té descafeinado, instantáneo o soluble, extracto de té, té instantáneo o soluble, o extracto de té descafeinado, que no contengan más ingredientes añadidos que aromas que no modifiquen el valor nutricional del té; vinagres fermentados; y aromas, entre otros.

 

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *